Centros docentes públicos con prioridad en la admisión del alumnado que simultanee enseñanzas regladas de Música y de Secundaria (Huelva, 2020-2021)

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Resolución de 30 de enero de 2020 de la Delegación Territorial de la Consejería de Educación y Deporte de Huelva por la que se determinan y hacen públicos los centros docentes con prioridad en la admisión del alumnado que curse simultáneamente enseñanzas regladas de Música y enseñanzas de Educación Secundaria para el curso 2020-2021

El Decreto 40/2011, de 22 de febrero, modificado por el Decreto 9/2017, de 31 de enero, por el que se regulan los criterios y el procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados para cursar las enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación especial, educación secundaria obligatoria y bachillerato, en su artículo 26, apartado 1, referido a la prioridad en la admisión del alumnado, recoge que el alumnado que curse simultáneamente enseñanzas regladas de música o danza y de educación secundaria tendrá prioridad para ser admitido en los centros que impartan educación secundaria que la Consejería competente en materia de educación determine.

La Orden de 24 de febrero de 2011, modificada por la Orden de 24 de febrero de 2017, por la que se desarrolla el procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados para cursar las enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación especial, educación secundaria obligatoria y bachillerato, en su artículo 3, apartado 1 referido al alumnado con prioridad específica en la admisión, recoge que de conformidad con lo establecido en el artículo 26.1 del Decreto 40/2011, de 22 de febrero, modificado por el Decreto 9/2017, de 31 de enero, las personas titulares de las Delegaciones Provinciales de la Consejería competente en materia de Educación determinarán los centros docentes en los que tendrá prioridad para ser admitido el alumnado que curse simultáneamente enseñanzas regladas de música o danza y enseñanzas de educación secundaria.

El artículo 3.2 de la citada Orden de 24 de febrero de 2011, modificada por la Orden de 24 de febrero de 2017, expresa que la relación de Centros docentes a la que se refiere el apartado anterior será publicada en los tablones de anuncios de las correspondientes Delegaciones Provinciales con anterioridad al plazo de la presentación de las solicitudes.

De conformidad con los preceptos normativos especificados anteriormente, con la distribución de centros de educación secundaria y bachillerato por áreas de influencia y con la ubicación del Conservatorio Profesional de Música de Huelva, esta Delegación Territorial de Educación, Deporte, Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación

RESUELVE

1.- Determinar como centro docente con prioridad en la admisión del alumnado que curse simultáneamente tanto enseñanzas regladas de música y 1º curso de educación secundaria obligatoria, como enseñanzas regladas de música y 1º curso de Bachillerato para el curso escolar 2020/2021 al I.E.S. “Pablo Neruda” de Huelva.

2.- Publicar esta Resolución en el Tablón de Anuncios de esta Delegación Territorial

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente en el plazo de un mes, a contar desde su publicación, recurso de reposición ante este órgano, o bien Recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses ante la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en los artículos 8.3, 14 y 46.1 de la Ley 26/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, sin que se puedan simultanear ambos recursos.

LA DELEGADA TERRITORIAL

Fdo.: Mª Estela Villalba Valdayo

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