Sobre el Protocolo de Prevención ante conductas suicidas

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El Protocolo de actuación para la prevención del riesgo ante conductas suicidas o autolesiones del alumnado, publicado en resolución del 17 de octubre de 2023, se relaciona con la Resolución del 4 de enero de 2023 sobre el Programa de Bienestar Emocional para el curso 2022/23 y con la Resolución del 13 de julio de 2023 sobre el Programa de Bienestar Emocional para el curso 2023/24.

Con ratios elevadas y sin recursos

Cuando se publicó la resolución de enero de 2023, se dispuso de 25 plazas de orientador para el Programa de Bienestar Emocional (Salud Mental)*. Pasados seis meses, en julio, estas han sido recortadas en un 12 %. No sabemos por qué ahora son 22 y no más, como sería lógico prever dado el aumento exponencial de alumnado con necesidades educativas vinculadas al bienestar emocional. Los 22 puestos que existen para toda Andalucía están financiados con fondos del Ministerio de Educación y Formación Profesional. Su distribución es: ALMERÍA 2, CÁDIZ 3, CÓRDOBA 2, GRANADA 3, HUELVA 2, JAÉN 2, MÁLAGA 3, SEVILLA: 5. 

De acuerdo con la Resolución de 13 de julio de 2023, por la que se establece la organización y el funcionamiento del Programa de Bienestar Emocional en el ámbito educativo, una de las funciones centrales del personal asignado es “atender al alumnado que requiere de una respuesta educativa diferente a la ordinaria por presentar necesidades de atención en los campos de bienestar emocional y salud mental. De manera especial a aquel alumnado que presente problemas de regulación emocional, de desarrollo, de alteraciones del estado de ánimo como la depresión, de malestares precedentes de otros problemas de salud mental y/o riesgo de suicidio”. A la vez que coordina y asesora en este ámbito a la comunidad educativa. Esto, que coincide básicamente con el anuncio de la primera resolución de enero, genera unas expectativas por encima de la realidad *La denominación misma del  programa ya podía llevar a la confusión. 

Expectativas y anuncios grandilocuentes que contrastan con la realidad: en primer lugar, las ratios que manejan estos profesionales hacen imposible una intervención individualizada que dé respuesta desde el ámbito educativo a las necesidades de este alumnado; en segundo lugar, no se otorga la posibilidad de establecer recursos personales (PT o PTIS) para ese trabajo individualizado; y, en tercer lugar, genera expectativas falsas de respuestas de atención clínica/sanitaria que deben realizarse desde el ámbito sanitario. Pero para esto debe dotarse de facultativos  suficientes en el sistema sanitario para disminuir la lista de espera en las derivaciones y permitir una atención psicológica/psiquiátrica continuada.  Así, faltan facultativos —psicólogos clínicos/sanitarios y psiquiatras— que se hagan cargo de un tema tan delicado como la salud mental en el ámbito sanitario, y faltan orientadores, PT y PTIS que realicen tareas de prevención, detección y organicen/ejecuten respuestas individualizadas desde el ámbito educativo a las necesidades de bienestar emocional en el alumnado. 

La escuela es un ámbito fundamental para la prevención y la detección temprana de problemáticas de desregulación emocional y salud mental que —de no derivarse a tiempo— pueden desencadenar la enfermedad o trastornos mayores que podrían haberse evitado o generar incapacidad en la vida adulta. Según la OMS, los trastornos de salud mental pueden ser la principal causa de discapacidad en los próximos años. Y el ámbito educativo es un espacio fundamental en la prevención y detección. Pero para esa prevención y detección temprana son necesarios más orientadores, con mayor formación especializada, que puedan asesorar en este ámbito a toda la comunidad educativa. Pero no alcanza: se necesita poder derivar de una forma eficiente a profesionales y facultativos de la salud mental en el ámbito sanitario. De una forma ágil y que no vulnere el derecho del alumnado a una salud plena y buen trato. 

Por otro lado, la resolución de enero de 2023 especifica que los orientadores de Bienestar pueden coordinar y hacer una intervención inminente y urgente tras la solicitud del centro ante una conducta suicida o autolesiva. En cambio, tras la publicación del PROTOCOLO, ahora los centros son autónomos y deben hacer una primera valoración, constituir Equipo de Seguimiento y establecer las medidas. Con toda la buena voluntad, quien intervenga en la gestión del caso en los primeros pasos del protocolo puede estar dando indicaciones que sean contraproducentes.

Además, el protocolo oculta que en la práctica son estos profesionales los que están haciendo el asesoramiento a toda la comunidad educativa sobre los pasos a seguir, materiales o medidas urgentes, entre otros.

De este modo, pudiera parecer que la pretensión es que estos puestos acaben siendo irrelevantes, reduciéndolos en número y funciones hasta que desaparezcan o queden como algo testimonial, vaciándolos de contenido, tareas y cometidos de manera normativa (pese a que dos meses después del comienzo del curso ya se encuentran en muchas provincias saturados, hecho que evidencia su necesidad). 

Lo hecho hasta ahora parecen medidas de cara a la galería, porque hay una mayor sensibilización con este tema y más presencia en los medios y en las conversaciones cotidianas. La consejería se ve empujada a hacer algo, aunque podría hacerlo mejor..

Desde hace tiempo insistimos en que es necesario reforzar la plantilla de los EOE y EOE especializados. También venimos reclamando que se dote de al menos un médico por EOE (la teoría dice que existen, pero la práctica confirma que faltan muchísimos), igual que ocurre con la figura del personal sanitario de referencia. Pero si hablamos de patologías relacionadas con la salud mental, son los psiquiatras y los psicólogos clínicos y sanitarios** quienes diagnostican y realizan el tratamiento de las enfermedades mentales dentro del ámbito clínico y sanitario. Esto debe darse en una perfecta coordinación entre el ámbito sanitario y educativo que la Junta no parece estar dispuesta a que se lleve a cabo porque implicaría apostar por incrementar el presupuesto para la creación de plazas de psicólogos/psiquiatras en la sanidad y de orientadores/as y PT en la educación pública.   

**Sabemos la controversia que supone equiparar a profesionales con el PIR (Psicólogo Interno Residente, con cuatro años de formación de postgrado y prácticas supervisadas en un hospital público: psicólogo clínico) con otros que han realizado un máster de dos años y prácticas (psicólogo sanitario). Para poder acceder a la formación en psicología clínica es necesario haber obtenido plaza en la convocatoria nacional anual de un examen-oposición al que pueden optar todas las personas graduadas/licenciadas en Psicología. El número de plazas ofertadas es muy limitado y considerablemente inferior al número de quienes opositan. Este es un problema muy serio que está en la raíz del déficit de profesionales. ¿Qué hacer entretanto no haya suficientes psicólogos clínicos?

¿Falta formación especializada?

Desde la Dirección General se trasladó que se iba a impartir formación especializada tanto a los Equipos de Bienestar Emocional como a los Coordinadores de Bienestar y a las enfermeras de referencia. A estas alturas, la formación ni está ni se la espera. El curso pasado ocurrió exactamente igual. Estos docentes se incorporaron en enero y hasta mayo no recibieron una formación (4 meses después de incorporarse y apenas poco más de un mes antes de finalizar las clases). Por eso exigimos a la Consejería que se realice la formación gratuita y actualizada a los profesionales que intervienen; especialmente a aquellos que lo hacen en el Equipo de Seguimiento del protocolo de prevención del riesgo de suicidio y conductas autolíticas.

¿Falta coordinación especializada?

Por otra parte, el Programa de Bienestar ¿no debería estar funcionando con una coordinación especializada en bienestar y salud mental a nivel andaluz? Que no haya esta figura experta repercute negativamente en el mismo. Hace unas semanas, desde la Dirección General comentan que se va a designar a dos personas como coordinadoras del programa a nivel andaluz, sin que sean sustituidas por otras en sus respectivos puestos, lo cual supondría una pérdida de recursos personales en una o varias delegaciones. Se desconoce qué criterios se van a seguir para esa designación. La coordinación es necesaria, pero no debe hacerse a costa de desmantelar paulatinamente los servicios  de Bienestar Emocional que se han puesto en marcha en las provincias. Lo incomprensible es que se haya implantado un programa sin nadie especialista que lo coordine. La improvisación, marca de la casa, como casi siempre.

Repaso a algunos aspectos del protocolo

Con respecto al nuevo Protocolo, cabe destacar que deja muchas lagunas y dudas sobre su agilidad en la práctica:

  1. Lo primero que cabe destacar es que pese a llevar en el título el término “PREVENCIÓN”, no hay actuaciones reales de prevención, sino meramente de DETECCIÓN. El protocolo establece mecanismos previos de prevención de estados de malestar conducentes a conductas suicidas o autolíticas desde el ámbito educativo. Señala que el papel del ámbito educativo es la sensibilización, pero no establece medidas y actuaciones al respecto desde el ámbito de la prevención a nivel institucional o grupal. Cuando sabemos que la prevención, sobre todo a edades tempranas, no solo es más beneficioso sino también más eficaz. ¿No es más sencillo dotar de más recursos a las escuelas para hacer tareas de prevención mediante educación emocional y bienestar antes que tener que curar la enfermedad? ¿No es mejor aprender a gestionar las emociones como mecanismo básico para prevenir el surgimiento de padecimientos y enfermedades mentales a futuro? ¿No es mejor prevenir la aparición de la enfermedad que curarla?  
  2. La primera medida en casos de urgencia, entendemos, debería ser la detección, valoración y derivación  inmediata a los facultativos del ámbito sanitario por parte del orientador y las enfermeras de referencia (con asesoramiento especializado) para responder de manera inmediata. 
  3. Es, por otro lado, temerario, dar la responsabilidad de “valorar inicialmente la situación del alumno” de forma autónoma al Centro, sin asesoramiento de profesionales especializados y sin tiempo de dedicación real. ¿Esta valoración inicial en la detección y derivación no se corresponde a las funciones del orientador educativo ¿No es el orientador quien tiene entre otras funciones la identificación en Séneca del alumnado NEAE POR OTROS TRASTORNOS MENTALES? ¿Quién le asigna los recursos personales en Séneca a este alumno si no es el orientador/a? Además, para ello contarían, según normativa, con el asesoramiento del Equipo de Bienestar Emocional y Salud Mental de cada Delegación, con las enfermeras de referencia y con expertos de la Unidad de Salud Mental Infanto-Juvenil (USMIJ). 
  4. Ante esto nos preguntamos: ¿Por qué no se ha habilitado aún en Séneca la posibilidad de planificación de la respuesta educativa a este alumnado como si consta en la resolución de aprobación del programa de Bienestar Emocional?
  5. Esto nos recuerda la figura del Coordinador de Bienestar, tan aclamada y tan vaciada de horas efectivas para su dedicación. ¿Tiene tiempo real para formarse y para participar en los equipos de seguimiento?
  6. El protocolo establece una burocracia que no es acorde a la urgencia de los casos de ideación suicida y conductas autolíticas. Tanto en la configuración del equipo de seguimiento como en la composición de las comisiones provinciales de seguimiento.  Nos preguntamos si, a estas alturas, ¿se han dado indicaciones prácticas o formación específica en el protocolo a las enfermeras de referencia o se han constituido y están funcionando todas las comisiones provinciales?
  7. El protocolo propone, en el Paso 2, la constitución de un equipo de acompañamiento. En este punto: la figura principal que aparece es la enfermera de referencia, a la que se dota de responsabilidades que son propias de un orientador y/o un especialista en salud mental. Además, se pretende componer un equipo que, por tiempos y por la urgencia de los casos, es de difícil y no urgente constitución. Recordemos que estamos hablando de actuaciones inmediatas ante posibles suicidios que, recordemos, es actualmente una de las principales causas de muerte en adolescentes. 
  8. La figura del orientador y del Equipo de Bienestar aparecen desdibujadas y se les quitan las funciones correspondientes. Mientras, la figura de enfermería cobra relevancia, pero no se establece la dotación de recursos y formación para orientadores y enfermeras, que son las dos figuras más importantes en la detección y establecimiento de medidas.
  9. Deja prácticamente todas las funciones del ámbito educativo en las enfermeras escolares, cuando deberían, muchas de ellas, recaer de forma colegiada en orientación, PT, profesorado, aumentando para ello todos los recursos. No hay dotación de recursos específicos para el seguimiento o medidas y actuaciones (ausencia de la figura de PT como personal de referencia e intervención directa). No se establece un plan de formación y aumento de horas de dedicación para enfermeras que, en muchos casos, nos cuentan que no saben de la existencia del protocolo ni están preparadas con formación para la atención en salud mental. 
  10. Como decíamos, la propia configuración del Equipo establece una burocracia que no es acorde a la urgencia de los casos de ideación suicida y conductas autolíticas. La comisión provincial no establece ni fechas ni continuidad ni información sobre su funcionamiento, dejándolo a criterio de cada delegación. Dada la urgencia, esta comisión debería valorar caso a caso a medida que llegan: estamos hablando de vida o muerte, por lo cual debería ser menos burocrática, fortalecer el Equipo de Bienestar y retirar figuras meramente formales. Tiene que ser ágil. ¿Quién convoca sus reuniones? ¿Cuándo se convoca? ¿Hay un número mínimo de casos para hacerlo? ¿Cómo se hace el seguimiento? ¿Qué tipo de seguimiento? ¿Cómo se coordina? ¿Con qué horas de dedicación?
  11. En el paso 3 MEDIDAS ADOPTADAS no se plantea el asesoramiento necesario y la puesta a disposición de recursos (orientación, USMIJ, Equipo de Bienestar, PT). Lo mismo sucede con el Plan Individualizado en el que no queda rastro de la figura del orientador,  del  PT y otros recursos personales.
  12. El paso 8 deja a voluntad de un equipo amplio no especializado en salud mental la necesidad de continuidad o no del protocolo, lo que —entendemos— es de riesgo. ¿Esto no debería ser confirmado por los propios especialistas en salud mental del ámbito sanitario a los que se les derivó para un diagnóstico previo? ¿La propia comisión provincial debe solo asesorar o también DECIDIR su cierre bajo criterios de facultativos especializados y aprobación de la inspección?

En definitiva, la Junta saca otro protocolo pero no contempla más recursos, más formación especializada, más personal específico dentro del ámbito educativo para llevarlo a la realidad y que sea efectivo. Sin una bajada de ratio real de orientación educativa, PT y profesorado: la prevención, la detección temprana, la actuación urgente, la derivación y el seguimiento siguen siendo un problema de calado. Sin refuerzo de psicólogos, psiquiatras y personal especializado, en los servicios sanitarios, la derivación y tratamiento no llegan a quienes más lo necesitan. Todo esto pone en riesgo no solamente la salud mental de nuestro alumnado sino su propia vida. Y con esto no se improvisa. 

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