Quienes están se quedan

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La Federación de Enseñanza de CGT presenta al Ministerio de Educación sus aportaciones al Proyecto de Real Decreto que regula el régimen transitorio de ingreso a cuerpos docentes.

La Federación de Enseñanza de CGT se ha manifestado, desde hace tiempo, a favor de un sistema de acceso a la función pública docente que permita una doble vía: el acceso por concurso de méritos para el profesorado interino, y el acceso por concurso-oposición para las personas de nueva incorporación. El sindicato entiende que cualquier traba legal que pudiera argüirse se podría haber solventado modificando, si fuera necesario, la legislación y que las plazas disponibles se pueden distribuir de manera fundada y razonada entre ambas modalidades de acceso.

En la actualidad, y ante la situación excepcional que vivimos debido a la pandemia de COVID-19, el Ministerio de Educación ha presentado un Proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada Ley.

CGT es consciente de que dicho Proyecto tiene como única finalidad solventar los problemas generados por los aplazamientos de los procedimientos de acceso a la función pública docente motivados por la situación de emergencia sanitaria. Sin embargo, dado que se habilitó un cauce para la remisión de aportaciones, la formación sindical no ha querido dejar pasar la oportunidad de poner sobre la mesa la posibilidad de que, aunque sea de manera transitoria, se habilite el acceso mediante concurso de méritos a todas las plazas estructurales que, según pronunciamientos judiciales, se han ocupado durante años por docentes interinos en fraude de ley. Máxime cuando este personal interino ha demostrado con creces capacidad y mérito y, en la mayoría de los casos, ha superado en varias ocasiones las pruebas de oposición en procesos selectivos pasados.

Los argumentos que exponemos al Ministerio son variados:

1. La tasa de interinidad en el cuerpo docente se disparó desde 2011 debido a que, en virtud de los recortes presupuestarios impuestos por la crisis económica, no se ofertaron durante años todas las plazas necesarias para cubrir las necesidades estructurales y se recurrió a contratos de interinidad para cubrirlas.

2. La tasa de interinidad en el colectivo docente ha llegado a superar en algún momento el 20%, cifra desorbitante y que provocó una llamada de atención por parte de los organismos de la UE y la exigencia de reducir dicha tasa hasta un 8%. El compromiso del Gobierno de España de asumir dicha rebaja en el período 2018-2020 mediante el incremento de la oferta pública de empleo, se ratificó en la Resolución de 22 de marzo de 2018, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el II Acuerdo Gobierno-Sindicatos para la mejora del empleo público y las condiciones de trabajo.

3. La obligación y compromiso del Gobierno español de reducir esta tasa al 8% en el periodo 2018/20 se está incumpliendo, dado que no solo han sido insuficientes los acuerdos con los sindicatos “mayoritarios” para su reducción, sino que incluso se está aumentando esta tasa en algunos casos.

4. Por la situación excepcional de la declaración del estado de alarma debido al peligro de contagio del COVID-19, se está produciendo el aplazamiento de las convocatorias de oposiciones de 2020, y existe la duda razonable de cuándo van a poder celebrarse de nuevo con garantías. Además, este aplazamiento conlleva que miles de plazas generadas en los cursos 2019/20 y 2020/21 por jubilaciones y otras causas, no se incorporen en los procesos selectivos actualmente convocados y aplazados, por lo que se seguirá elevando la tasa de interinidad, provisionalidad y plazas estructurales sin cubrir.

5. La nueva crisis económica que viene tras la situación sanitaria provocada por el COVID-19 puede poner en suspenso todos los acuerdos previos.

En conclusión, la petición que la Federación de Enseñanza de CGT ha trasladado al Ministerio de Educación es la siguiente:

Ante la situación de excepcionalidad, CGT propone la aprobación de un acceso diferenciado a la función pública docente para el profesorado interino mediante un concurso de méritos, que está más que justificado y no incumple el marco que establece la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, que en el apartado 6 del artículo 61 dice:

… en virtud de ley podrá aplicarse, con carácter excepcional, el sistema de concurso que consistirá únicamente en la valoración de méritos.

El concurso de méritos supondría agilizar la solución del problema, cumplir los compromisos suscritos de reducción de la tasa de interinidad y un importante ahorro de tiempo, gasto y gestión que conllevarán las convocatorias de oposiciones de 2021 y posteriores, que se intuyen masivas. Y esto, contando con que para 2021 se haya encontrado una solución definitiva para las actual pandemia y alerta sanitaria.

El compromiso de la Federación de Enseñanza de CGT es -y siempre ha sido- con las personas trabajadoras, no con el cumplimiento de unos porcentajes que maquillen el daño causado a una generación de docentes que vieron mermadas sus opciones de acceso a la función pública -y sus condiciones laborales- en virtud de recortes presupuestarios.

Por ello, el sindicato espera que la innegable situación de “excepcionalidad” se tenga en cuenta para aplicar el artículo 61 de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y se resuelvan, de la manera más eficaz posible, dos cuestiones:

  • El problema laboral y personal del colectivo de docentes interinos.
  • El problema de cumplimiento en plazo de los compromisos adquiridos de rebaja de la tasa de interinidad. No es caridad ni prebenda, es simplemente reclamar justicia para las personas, y no para los porcentajes.

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