La Junta permite cobrar por las plataformas digitales

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Se trata de un servicio innecesario ante la existencia de la plataforma pública y gratuita Séneca.

CGT considera que es un nuevo trato de favor al negocio de la enseñanza privada concertada que se une al proyecto de Decreto que quiere legalizar el cobro de cuotas abusivas a las familias.

La Federacion de Sindicatos de Enseñanza de CGT denuncia que la Junta de Andalucía permite a los colegios privados concertados cobrar a las familias por acceder a plataformas digitales para acceder a información académica del centro, simplemente con que tengan alguna característica diferente de la Plataforma PASEN, a la que tienen acceso gratuito. Así se puede comprobar en un documento del Director General de Planificación y Centros de la Consejería de Educación, José María Ayerbe Toledano, que se adjunta, firmado el pasado 5 de junio.

En dicho documento se permite considerar estas plataformas privadas como un servicio complementario, y cobrar por el mismo a las familias solo cumpliendo la condición de que disponga de funcionalidades que las diferencien de las implementadas en el sistema de información Séneca y no tenga carácter lucrativo. Es decir, se autoriza cobrar por algo completamente innecesario, puesto que ya se ofrece a través de la plataforma pública Séneca, simplemente con que sea de aspecto o funcionamiento un poco diferente.

La Administración autoriza así una evidente discriminación, que no deja de serlo por el hecho de que su contratación sea teóricamente voluntaria, puesto que deja a las familias que no paguen la cuota sin el acceso al servicio de tutoría electrónica o de comunicación con el centro.

Llama la atención que se diga que dicho servicio no tendrá carácter lucrativo, cuando paralelamente el propio Gobierno Andaluz pretende legalizar el cobro de un sobrecoste por los servicios complementarios (como el citado) y destinarlo al mantenimiento de estos centros privados.

Así lo establece el Proyecto de Decreto por el que se regulan las actividades escolares complementarias, las actividades extraescolares y los servicios escolares complementarios en los centros docentes privados concertados, actualmente en fase de tramitación que, en su artículo 3, apartado 2, establece que el cobro de cantidades económicas por las actividades extraescolares y por los servicios escolares complementarios podrá contribuir al mantenimiento y mejora de las instalaciones de los centros.

Se trata de una doble financiación de la enseñanza privada concertada, que ya cobra de la Administración Pública (en la cantidad asignada en el concierto) por el mantenimiento del centro exactamente la misma cantidad por unidad concertada que los centros públicos. Es decir, es una verdadera competencia desleal por parte de la enseñanza privada concertada hacia la Escuela Pública, ya que obtiene una doble financiación.

Este redactado es contradictorio con la primera parte de ese mismo artículo, que establece taxativamente que estas actividades no podrán tener carácter lucrativo. Prohibición del carácter lucrativo de las cuotas en estos servicios complementarios y actividades extraescolares que figura también en la legislación anterior, que va a ser derogada precisamente por este nuevo decreto (artículo 13 de la Orden de 9 de septiembre de 1997, por la que se regulan determinados aspectos sobre la organización y el funcionamiento de los centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de Andalucía).

¿Cómo es posible que, si las cuotas por los servicios y actividades complementarias no pueden tener carácter lucrativo, puedan permitir destinar un beneficio para el mantenimiento y mejora de las instalaciones de los centros? Es evidente que solo si se cobra al alumnado más de lo que es el coste real de esos servicios y actividades puede generarse un beneficio, para luego destinar esas ganancias a otro fin por el cual no han pagado las familias que lo han contratado.

En definitiva, estamos ante lo que parece una estafa a las familias que la Junta de Andalucía quiere legalizar. Se trata de que las empresas propietarias de los colegios privados concertados puedan ocultar en el pago de los servicios complementarios y actividades extraescolares un sobrecoste para obtener una doble financiación para esos colegios.

Esta autorización de cobrar los centros privados concertados por un servicio completamente innecesario solo se explica como parte de la ofensiva general del Gobierno andaluz en favor de la enseñanza privada concertada y contra la Escuela Pública. Esta es evidente en la planificación educativa que se está haciendo con el cierre de unidades en los centros públicos, a pesar de tener demanda para mantenerlas y antes de acabar el proceso de escolarización; frente al mantenimiento de unidades concertadas en centros privados aún sin demanda para ellas. Son ya numerosas las familias que, optando en primera opción por matricular a sus hijas e hijos en centros públicos, están siendo derivadas en contra de su libertad de elección a centros privados concertados mediante el cierre de unidades escolares públicas, hecho que venimos denunciando y que se está produciendo de forma especialmente grave en los niveles de Educación Infantil y Primaria.

CGT hace un llamamiento a las familias afectadas para que se movilicen en defensa de su derecho a obtener plaza en un centro público, a las que brindamos todo el apoyo que esté en nuestras manos.

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