Divide y explotarás mejor

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A propósito de la sentencia recientísima del Tribunal Supremo en la que deja zanjada la cuestión de si las personas que trabajan para las administraciones públicas interinamente no tienen derecho a indemnización por despido

Y es que parte la alta instancia judicial asumiendo que es legal la discriminación negativa de unas personas trabajadoras con respecto a otras. Si esa posición, INJUSTA a todas luces, es asumida de entrada las conclusiones, ante cualquier conflicto de intereses de quienes contratan, los contratadores, se resuelve haciendo añicos el principio de igualdad que tanto cacarean los políticos de turno y que para más inri refriegan invocando la constitución.

Este asunto es uno más que jalona la historia del movimiento obrero. Al inicio de los tiempos, de la explotación de las gentes trabajadoras, el contratador en las plazas de los pueblos o en la reja de la fábrica salía muy temprano a elegir a dedo quienes podían llevar pan a sus casas y sobrevivir al día siguiente, porque podrían trabajar ese día. Y además marcaban las condiciones laborales y salariales de cada una de ellas, con la mayor de las arbitrariedades. Esta tremenda INJUSTICIA, hizo evidente a la clase obrera que la unidad debía torcer esa perversa lógica, estableciendo reglas que fuesen JUSTAS e iguales para todas las personas.

Este lento, tortuoso y exasperante camino, lleva siglos haciéndose sin que esa luz llegue a vislumbrarse. Destellos se van consiguiendo y a fuerza de medirse a diario con las fuerzas explotadoras algunos logros se han alcanzado, aunque la precariedad de los mismos produce retrocesos y nuevas conquistas.

El asunto de la Igualdad en la indemnización lo estableció una sentencia del alto tribunal EUROPEO en 2016. Desde ese momento el Gobierno del PP ha estado dándole vueltas al tema para evitar transponer esa norma comunitaria al ordenamiento legal español. Las presiones de los explotadores en toda Europa hicieron revirar el criterio JUSTO de 2016 y en 2018 se revocó. Ya que indemnizando se explota menos bien.

Estamos ante uno de estos mazazos dado por el TS contra quienes más duro lo tienen, las personas interinas. Y el efecto que debe producir sería lógicamente una inmensa huelga general que obligue a los políticos a modificar las leyes para que desde los ámbitos judiciales sea imposible sentencias INJUSTAS.

Alguien puede pensar que es un tema menor, que hay otros asuntos laborales de mayor enjundia. Sin embargo el debate es de altura: ¿SE PUEDE TOLERAR TRATOS INJUSTOS? Conviene ir aclarando que para librarse de la explotación es preciso ir plantando cara demostrando que sin la colaboración de las gentes trabajadoras no hay explotación posible.

Los llamados sindicatos, acaban viéndolas desde la barrera, haciendo comprender a las personas trabajadoras, tratadas injustamente, que es “legal” y toca …. “conformarse”.

Fdo Rafael Fenoy Rico