Concurso de méritos: qué hacer tras la adjudicación definitiva

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Se ha publicado la adjudicación definitiva del concurso de méritos a nivel estatal, que podéis consultar aquí.

Ahora empieza el papeleo:

Lo primero y más importante:

Quienes hayan resultado adjudicatarios de dos o más plazas del mismo cuerpo en Andalucía o en Andalucía y en otra CC. AA. (firmantes del acuerdo o no) deberán presentar escrito de aceptación o renuncia expresa a la plaza adjudicada en Andalucía. Los escritos se dirigirán a la Dirección General de Recursos Humanos y se presentarán a través del Registro Electrónico.

Segundo:

Décima. Presentación de documentación por los aspirantes seleccionados.
10.1. En el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente al de
la publicación de la resolución de la Dirección General del Profesorado y Gestión de
Recursos Humanos de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional,
por la que se hacen públicas las listas del personal seleccionado en este procedimiento
selectivo, el referido personal deberá presentar en los registros de las Delegaciones
Territoriales con competencia en materia de educación o en cualquiera de los lugares
previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y en el artículo 82 de la Ley 9/2007, de 22
de octubre, los siguientes documentos:

Quienes presentaron la solicitud de participación en el concurso extraordinario de méritos en Andalucía y hayan resultado adjuditatarios/as de una plaza en esta comunidad deberán presentar en el plazo de 20 días hábiles desde el día siguiente de la publicación de la resolución la documentación indicada en el apartado 10.1 convocatoria. La documentación deberá ser original y se presentará en los registros de las Delegaciones Territoriales con competencia en materia de educación o en cualquiera de los lugares previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y en el artículo 82 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre.

Tercero:

Las personas aspirantes que superen el procedimiento selectivo y sean nombradas personal funcionario de carrera, hasta que obtengan su primer destino definitivo en Andalucía, deberán participar para la obtención de destino provisional, en la colocación de efectivos, para la que se abrirá un plazo específico de 10 días para presentar solicitudes. Este plazo será publicado en el portal de Novedades de la página de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, por resolución de la Dirección de General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos. En caso de no incorporarse a los destinos adjudicados el 1 de septiembre del año que corresponda, de no mediar causa justificada, se entenderá que renuncian a los efectos derivados de la superación del proceso selectivo.

Cuarto:

Las personas aspirantes que superen el procedimiento selectivo y sean nombradas personal funcionario de carrera, deberán obtener su primer destino definitivo en el ámbito de la Administración educativa en la que hayan superado el procedimiento selectivo, estando obligadas, a estos efectos, a participar en los sucesivos concursos ordinarios de traslados que las citadas Administraciones educativas convoquen, en la forma que se determine en sus respectivas convocatorias.

ENHORABUENA a todas las personas que habéis conseguido plaza. Ha sido un trámite largo y duro, con juicios, huelgas, movilizaciones hasta lograr, primero las sentencias europeas que reconocían el fraude de ley y después, que el gobierno español convocase un concurso extraordinario de méritos para estabilizar al personal interino. CGT hemos estado desde el principio en esta lucha, sobre todo en la jurídica, nuestra es una de las sentencias que llegan a Europa por el recurso judicial (nº 207/2017 del Juzgado de lo CA n.º 24 de Madrid) de los sindicatos SUSH y Sanidad de CGT, a una a Orden 406/2017 de 8/05/20187 de la Consejería de Sanidad, por la que se dictaban instrucciones para el procedimiento extraordinario de transformación en nombramientos interinos por vacante del Servicio Madrileño de Salud. Y la sentencia del Tribunal Europeo viene como respuesta a una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Y sentencia que, con relación a la Jurisprudencia del TS, declara que no es conforme a la Clausula 5ª de la Directiva europea sobre el abuso de temporalidad. En un primer momento, el entonces ministro Iceta y los sindicatos CCOO, CSIF y UGT, firmaban el llamado icetazo. Las huelgas y movilizaciones del 28-O de 2021, llevó a los socios de gobierno del PSOE a enmendar el icetazo y aprobar un concurso de méritos extraordinario, concurso del que, sindicatos como CSIF, CCOO y UGT, pusieron en duda la legalidad de un proceso de méritos. A CGT no nos gusta la forma en que se ha desarrollado este proceso pero si el fondo; un concurso de méritos para tratar de estabilizar al personas interino en fraude de ley. Por ello, hemos recurrido el RD del concurso de estabilización y hemos participado en las prejudicales elevadas a Europa. Pero lo importante es dar la enhorabuena a las personas que habéis logrado plaza, y esperamos la contestación de Europa y los distintos recursos sobre el resto de personal que aún sigue en fraude de ley.

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