Aclaraciones en torno a la estrategia para conseguir un plan de estabilidad para el profesorado interino andaluz: la necesaria unidad del movimiento

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Desde CGT hemos hecho una apuesta decidida por la movilización para conseguir un plan de estabilidad del profesorado interino andaluz que garantice, como primer objetivo inmediato e irrenunciable, la estabilidad: QUIENES ESTÁN SE QUEDAN. Dicho objetivo depende para su consecución de la voluntad de la Consejería de Educación de Andalucía y ha sido adoptado por el profesorado interino andaluz, en las asambleas provinciales realizadas en torno a la huelga del día 9 de febrero, y ratificado en la asamblea andaluza de Antequera el 24 de febrero.

Ese es el objetivo principal a corto plazo, como primer paso, para conseguir después una doble vía de acceso a la función pública. Esto último depende de cambios estatales, por lo que no son objeto de este escrito.

Un plan de estabilidad es un acuerdo escrito de obligado cumplimiento por la Administración, en este caso la Junta de Andalucía, que garantice al profesorado interino andaluz que va a seguir trabajando (nuestra exigencia es “al menos lo mismo que en el curso actual”). Y lo que es más importante, hay precedentes y corresponde a la Administración establecer los mecanismos para llevarlo a cabo.

La propuesta del plan de estabilidad nació con la vocación de abarcar a todo el profesorado interino. Eso es lo que significa la expresión “quienes están se quedan”. Un plan de estabilidad para todas las personas interinas docentes de Andalucía es posible.

Son muchas las medidas que la Administración puede llevar a cabo para asegurar la estabilidad y, de paso, mejorar la calidad de la enseñanza pública andaluza. Entre ellas, y sin ánimo de ser exhaustivo:

-Exigir la reducción horaria de todo el profesorado. La vuelta a las 18 horas en Secundaria supondría la recuperación de unas miles de plazas. Con respecto a Infantil y Primaria, sería buen momento para empezar a exigir la reducción a 23 horas, tal y como está ocurriendo en otros territorios.

Esta vía –fraude de ley- implica inevitablemente la laboralización, y someterse a lo que establece el Estatuto de los Trabajadores a efectos de despido incluso sin indemnización.

¿Por qué esta condición no es una categoría laboral de la Administración? En la Administración solo caben dos: funcionarios y laborales. El indefinido no fijo es una figura que se ha creado en los tribunales pero que no está recogida en las categorías laborales de la administración. O sea: no te pueden hacer un contrato con esta categoría. Sólo se puede conseguir mediante denuncia judicial, y que ésta se gane. Dicho de otro modo: NO ES POSIBLE PELEAR ESTA FIGURA COMO COLECTIVO, PUES AL FINAL SE TRATARÁ DE PRESENTAR DEMANDAS INDIVIDUALES QUE VERÁN TRIBUNALES MUY DIFERENTES EN DISTINTOS LUGARES.

¿Impugnar oferta de empleo, oposiciones y terminar laboralizado? No, gracias.

Impugnar equivale a judicializar y es meterse en un proceso que dura años y cuesta mucho dinero. Parece que el argumento jurídico que asiste a un Tribunal para aceptar la impugnación de una oferta de empleo recae sobre los presupuestos y la falta de previsión para pagar las posibles demandas de indemnización correspondientes a los despidos. Asumir esta vía de impugnación supone admitir que se ha reclamado previamente la conversión de los interinos en personal laboral indefinido no fijo.

Aceptar la vía de la laboralización implica DIVISIÓN Y PRECARIZACIÓN:

1º. La división del movimiento, ya que excluye a todas las personas interinas con menos de tres años de antigüedad.

2º. No se resuelve el problema esencial del despido, puesto que la estabilidad de esta figura va unida a la plaza. Si esa plaza se suprime o se saca a oposición, se puede despedir al indefinido con una indemnización.

3º. Y por último, esta laboralización del personal docente puede servir a los intereses privatizadores que cuestionan la figura del funcionario docente (y lo que conlleva de independencia ante los poderes políticos de turno). La condición de funcionario es una de las piezas fundamentales dentro de la defensa ilustrada de la educación. Es decir, gracias a esta condición la educación puede estar prevenida, que no siempre lo está, contra los abusos de las ideologías dominantes. Como docente puedo ser de izquierdas o de derechas, heterosexual, homosexual, trans… porque lo ampara un sistema selectivo y, acogiéndome a la libertad de cátedra, puedo ejercer cierta soberanía sobre la manera de enseñar los contenidos y los aprendizajes que me vienen prescritos por ley. El profesorado funcionario posee la plaza en propiedad. Es decir, gana su plaza y eso lo dota de independencia.

La categoría de personal laboral indefinido no fijo es una categoría novedosa que, insistimos, no ha sido creada por la Administración sino por los tribunales. Y si comparamos la situación de las bolsas en Andalucía con el resto de las comunidades, Andalucía está mejor que otras. Esto explica, en parte, que sea aquí, en Andalucía, donde haya surgido la semilla de la resistencia. Si la creación de esta nueva figura significa de alguna manera su homologación jurídica a nivel estatal, esta nivelación va a suponer una merma de las condiciones laborales del personal interino.

Desde CGT tenemos claro que la continuación y reforzamiento de la movilización unitaria ya en marcha, en defensa de la estabilidad del profesorado interino andaluz como garantía de calidad de la escuela pública, es la única manera de conseguir los objetivos.

No debemos olvidar que nuestra apuesta es por un pacto de estabilidad para todo el colectivo de docentes interinos andaluces.

Por la estabilidaD del profesorado interino andaluz,

¡Quienes están se quedan!