El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía estima de absoluta falta
de motivación los servicios mínimos impuestos en la huelga de finales del pasado curso. La Confederación General del Trabajo se congratula tanto por lo que significa para la lucha de los docentes interinos andaluces como del conjunto del profesorado ya que supone un revés a la arbitrariedad de la Consejería de Educación en el establecimiento de los mismos.
Desde febrero del pasado curso la Federación de Enseñanza de CGT llevó a cabo distintas movilizaciones y dos convocatorias de Huelga, coincidiendo con periodos de evaluaciones, por la situación de los docentes interinos andaluces. En la última, que se llevó a cabo desde mediados de mayo hasta final de curso, la Consejería dictó unos servicios mínimos que fueron recurridos por FASE CGT por considerarlos abusivos.
El TSJA da la razón a la Organización Sindical basando su decisión en varias premisas. La falta de acreditación de los intereses afectados, el actuar como juez y parte cuando se está privando de un derecho constitucional a un conjunto de ciudadanos, la falta de explicitación de los servicios mínimos dando indicaciones genéricas y la desproporción entre los sacrificios impuestos a los huelguistas y los que padecerán los usuarios han sido los fundamentos bajos los que el TSJA ha fallado a favor del recurso de CGT.
Desde finales de los años 80 no se había convocado y llevado a término una huelga coincidiendo con los periodos de evaluaciones finales en Educación. Por ello, se estima como una gran victoria frente a la arbitrariedad en la imposición de los servicios mínimos de la Huelga, esta Sentencia. Quienes no recurrieron la misma han sido cómplices de lo impuesto por la Consejería de Educación frente a la defensa de los derechos del conjunto de los docentes andaluces y la posibilidad de futuras movilizaciones según Laura Tirado, Secretaria General de FASE CGT. La misma, recuerda que ya en la preceptiva reunión para el establecimiento de los servicios mínimos, manifestó la vaguedad de lo decretado por la Consejería y que dejaba en indefensión a los trabajadores.
La falta de concreción de los servicios mínimos provocó grandes tensiones en los claustros de los centros educativos andaluces y, como en otras ocasiones, dejó a los equipos directivos tomando las medidas que ellos estimaban oportunas pero no ajustadas a derecho en algunos casos. Desde CGT hacemos un llamamiento a los mismos para que se eviten estos conflictos. A pesar de que esta Organización no ha querido hacerlos responsables, hay que tener en cuenta que podrían verse afectados por una posible demanda de cualquier interesado. CGT se va a dirigir a las direcciones de los centros comunicando esta Sentencia y sus aspectos más destacados.
SI NADIE TRABAJA POR TI QUE NADIE DECIDA POR TI
¡QUIENES ESTÁN SE QUEDAN!