Desde el sindicato os informamos de la reciente publicación de la Instrucción 11-2025, un documento clave que ajusta la gestión de los permisos de conciliación y nacimiento. Esta actualización es fundamental para conocer cómo quedan configurados vuestros derechos tras las últimas modificaciones legales.
📄 ¿Qué cambia exactamente?
Instrucción 11-2025 por la que se amplían los permisos por nacimiento para la madre biológica, por adopción o acogimiento, y el del progenitor diferente de la madre biológica, y se clarifica la naturaleza no retribuida del permiso parental.
Os señalamos, que modifica la instrucción 11/2025:
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El apartado III.18: (“Permiso por nacimiento para la madre biológica”)
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El apartado III.19: (“Permiso por adopción, por guarda con fines de adopción o acogimiento, tanto temporal como permanente”)
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El apartado III.21: (“Permiso del progenitor diferente de la madre biológica por nacimiento, guarda con fines de adopción, acogimiento o adopción de un hijo o hija”)
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El apartado III.30: (“Permiso permiso parental para el cuidado de hijo, hija o menor acogido por tiempo superior a un año, hasta el momento en que el menor cumpla ocho años”)
💡 Nota importante:
Es vital destacar que esta instrucción clarifica la naturaleza no retribuida del permiso parental (el de hasta 8 años), un punto que ha generado dudas en los últimos meses y que es esencial tener en cuenta para la planificación familiar.
Aquí os dejamos la instrucción al completo


