Este documento es la Orden de 26 de septiembre de 2025, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), que regula la fase de formación en empresa u organismo equiparado para los grados D (Formación Profesional Básica) y E (Cursos de Especialización) del Sistema de Formación Profesional en Andalucía.
Objeto y Finalidad
· Objeto: Establecer el marco jurídico para organizar y desarrollar la fase de formación en entornos laborales reales.
· Finalidad: Completar la adquisición de competencias profesionales, facilitar la inserción laboral y adaptar la formación a las necesidades del tejido productivo andaluz.
La orden se organiza en 4 capítulos, 29 artículos, disposiciones adicionales, transitorias, derogatorias y finales, además de 6 anexos.
Aspectos Destacados
1. Definiciones Clave:
· Fase de formación en empresa: Período formativo obligatorio en un entorno productivo real.
· Régimen general: Dura entre el 25% y el 35% del currículo (20% en Grado Básico).
· Régimen intensivo: Dura entre el 35% y el 50%, requiere contrato de formación y está restringido en algunos casos.
2. Actores y Funciones:
· Coordinación dual: Docente que organiza y supervisa la fase.
· Tutoría dual docente: Profesor que diseña y evalúa las actividades formativas.
· Tutoría dual en empresa: Profesional designado por la empresa que guía y evalúa al alumnado.
3. Organización y Requisitos:
· Plan de formación inicial e individual: Documentos que detallan la organización y actividades formativas.
· Requisitos del alumnado: Tener 16 años, superar formación en prevención de riesgos laborales y estar dado de alta en la Seguridad Social.
· Incompatibilidades: No se puede compatibilizar la estancia formativa con un contrato laboral en la misma empresa, salvo contrato formativo específico.
4. Situaciones Especiales:
· Exención: Parcial o total por experiencia laboral acreditada (6 meses para Grado E, 1 año para Grado D).
· Excepciones: No aplica para títulos de la familia profesional de Sanidad.
· Interrupción: Por incumplimiento o causas justificadas, con opciones de recuperación.
5. Procedimientos Administrativos:
· Se establecen trámites para solicitudes de autorización en situaciones excepcionales y para la exención.
· Plazos máximos de resolución: 30 días hábiles.
Anexos
Incluyen formularios para:
· Solicitud de régimen intensivo (Anexo I).· Solicitud para Grados E (Anexo II).
· Autorización en situaciones excepcionales (Anexo III).
· Exención total o parcial (Anexo IV).
· Informe y resolución de exención (Anexos V y VI).