Nueva Normativa para la fase formativa en empresas u organismo equiparado de los grados D y E (FP de Andalucía)

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Este documento es la Orden de 26 de septiembre de 2025, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), que regula la fase de formación en empresa u organismo equiparado para los grados D (Formación Profesional Básica) y E (Cursos de Especialización) del Sistema de Formación Profesional en Andalucía.

Objeto y Finalidad

· Objeto: Establecer el marco jurídico para organizar y desarrollar la fase de formación en entornos laborales reales.

· Finalidad: Completar la adquisición de competencias profesionales, facilitar la inserción laboral y adaptar la formación a las necesidades del tejido productivo andaluz.

La orden se organiza en 4 capítulos, 29 artículos, disposiciones adicionales, transitorias, derogatorias y finales, además de 6 anexos.

Aspectos Destacados

1. Definiciones Clave: 

 · Fase de formación en empresa: Período formativo obligatorio en un entorno productivo real.

  · Régimen general: Dura entre el 25% y el 35% del currículo (20% en Grado Básico).

   · Régimen intensivo: Dura entre el 35% y el 50%, requiere contrato de formación y está restringido en algunos casos.

2. Actores y Funciones:

   · Coordinación dual: Docente que organiza y supervisa la fase.

  · Tutoría dual docente: Profesor que diseña y evalúa las actividades formativas.

 · Tutoría dual en empresa: Profesional designado por la empresa que guía y evalúa al alumnado.

3. Organización y Requisitos:

   · Plan de formación inicial e individual: Documentos que detallan la organización y actividades formativas.

   · Requisitos del alumnado: Tener 16 años, superar formación en prevención de riesgos laborales y estar dado de alta en la Seguridad Social.

   · Incompatibilidades: No se puede compatibilizar la estancia formativa con un contrato laboral en la misma empresa, salvo contrato formativo específico.

4. Situaciones Especiales:

   · Exención: Parcial o total por experiencia laboral acreditada (6 meses para Grado E, 1 año para Grado D).

   · Excepciones: No aplica para títulos de la familia profesional de Sanidad.

   · Interrupción: Por incumplimiento o causas justificadas, con opciones de recuperación.

5. Procedimientos Administrativos:  

 · Se establecen trámites para solicitudes de autorización en situaciones excepcionales y para la exención. 

  · Plazos máximos de resolución: 30 días hábiles.

Anexos

Incluyen formularios para:

· Solicitud de régimen intensivo (Anexo I).· Solicitud para Grados E (Anexo II).

· Autorización en situaciones excepcionales (Anexo III).

· Exención total o parcial (Anexo IV).

· Informe y resolución de exención (Anexos V y VI).

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