Exenciones a la incorporación a la actividad presencial en la V Fase

0
2375

Tras la confusión de los últimos días, se aclara el procedimiento para no incorporarse en caso de tener a menores de 14 o personas a su cargo.

Nota aclaratoria:

Sigue habiendo confusión con este tema, aparte de interpretaciones inclasificables por parte de algunas personas de equipos directivos, que, como poco, destilan clasismo y prepotencia hacia el PAS.

No existe un plazo para el PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN DE PERSONAL ESPECIALMENTE SENSIBLE EN RELACIÓN A LA INFECCIÓN DE CORONAVIRUS SARS-CoV-2. Esto significa que se puede seguir pidiendo.

Se manda la solicitud* a la Dirección del Centro, que la reenvía a la jefatura de Recursos Humanos de la Delegación correspondiente, de aquí se deriva a la Unidad de Salud y Seguridad Laboral de la misma, que la reenvía al Centro de Prevención de Riesgos Laborales Provincial. El Centro de PRL resuelve al respecto. Entretanto, la persona que lo solicitó no tiene que asistir a su centro de trabajo. Si es posible el teletrabajo, se hará; si no (ordenanzas, personal de limpieza) se estará a la espera de dicha resolución. Esta va del Centro de PRL a la Unidad de Seguridad y Salud, que se pone en contacto con la persona solicitante.

*Anexo II, SOLICITUD INICIO PROCEDIMIENTO, que no hay que confundir con el Anexo I,  SOLICITUD DE MEDIDAS DE CARÁCTER ORGANIZATIVO PARA RECUPERAR LA ACTIVIDAD PRESENCIAL. Este último es para quienes tienen menores de 14 o dependientes a su cargo: para esto sí había un plazo concreto (del 22 al 24 de mayo, que se amplió al 25 ) y lo resuelve la Dirección del centro.

Están liando a la gente y escudándose en el tema de los plazos para denegar algo para lo que no tienen potestad: LA EVALUACIÓN DEL PERSONAL ESPECIALMENTE SENSIBLE. 

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí