Aunque supone un gran avance seguiremos luchando porque este derecho a
la conciliación laboral, familiar y personal sea extensible a todos los
supuestos y a todo el profesorado, incluido el interino.
Tal y como informamos en anteriores comunicados sobre este tema, la
Consejería no va a tener en cuenta las solicitudes de comisiones de
servicio de quienes no tienen u obtengan un destino definitivo si están
relacionadas con motivos que necesiten de un centro de destino. En
concreto, hablamos de
tener el destino en municipio diferente al del domicilio habitual
o las de estudio propio o de hijos
cuando el centro del nivel correspondiente a dichos estudios se halle a
más de 50 km del municipio del destino.
Así, el próximo curso, si eres provisional y estás trabajando o
estudiando, tú o tus hijos, en una localidad en la que no resides o a
más de 50 kilómetros del centro de estudios respectivamente, no estarás
en la mismas circunstancias y derechos que otrxs funcionarixs.
Desde CGT hemos conseguido que se reconozca que un funcionarix, tenga o
no destino definitivo, tenga derecho a la obtención de un destino de
trabajo en el que pueda conciliar por motivos familiares o personales
igual que otro que sí tenga destino definitivo. Eso que tanto la
Administración como los Sindicatos de la Mesa Sectorial, que negociaron
con ella, no hicieron dejando de reconocer UN DERECHO y que nos llevó
ante los Juzgados para conseguir dicho reconocimiento.
Desde esta Organización nos parecía claramente discriminatorio que un
funcionario no pudiera ejercer su derecho a conciliar su vida personal,
familiar y laboral por el hecho de no tener un destino definitivo. Máxime
cuando esta situación no depende de él ya que los ridículos concursos de
traslados de los últimos años han hecho imposible su obtención.
Precisamente, la escasa movilidad de destinos debida a los años de recortes
dio lugar a la implantación del denominado concursillo como compensación
a tal circunstancia.
CGT velará por el cumplimiento de la Sentencia propiciada por su
denuncia y el sentido de la misma haciendo un seguimiento de todos los
casos que así lo requieran.
*Recordamos que si alguien ha formulado ya su petición puede volver a
presentarla y debe ser tenida en cuenta la última.*