¿Hasta cuándo van a seguir obstaculizando los servicios de inspección la concentración de las reducciones de jornada del profesorado en días completos?

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No se puede entender que algunas personas se empeñen en negar un derecho constitucional avalado por sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y que aporta mejoras en la racionalización de la ocupación de los espacios educativos.

Cada curso académico es mayor el número de docentes que opta por solicitar reducciones de jornada por motivos de conciliación familiar. En estos casos, este profesorado ve reducido el número de horas de su jornada semanal y, en diferente proporción según el motivo de la reducción, también ve reducido su salario.

Desgraciadamente, estas reducciones de jornada se han visto y se siguen viendo obstaculizadas debido a interpretaciones torticeras y personalistas de la normativa por parte de algunos miembros de los servicios de inspección, que claramente se exceden al interpretar que, pese a la reducción de la jornada semanal en ocasiones de hasta un 50%, se debe obligar al profesorado a asistir todos los días de la semana a sus centros de trabajo, por más que sería perfectamente posible que, si así se expresa, la reducción de su jornada se concentre en días completos, siempre que eso no impida el normal desarrollo de sus tareas lectivas.

El empecinamiento de algunos miembros de los servicios de inspección en negar la concentración en jornadas de la reducción, incluso en casos en que los equipos directivos no veían obstáculo para ello, ha motivado que en algún caso se haya tenido que recurrir a los tribunales, que, como no podía ser de otra forma, y pese a las apelaciones de algunas Delegaciones de Educación, han dado la razón al profesorado que defendía su derecho a concentrar la reducción de su jornada en días completos, como puede comprobarse en el siguiente fragmento de la Sentencia NÚM 2.495 DE 2018, dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía:

es un derecho a la reducción de la jornada laboral sin limitar ésta a la jornada diaria, mensual o anual, lo cual es lógico si tenemos en cuenta que en el concreto modo de disfrute de este derecho deben de conjugarse tanto los intereses personales del/la interesado/a, que estarán en función de sus particulares circunstancias, como la necesidad de una adecuada organización del trabajo en el lugar en el que se prestan servicios (…) el hecho de que la normativa no contemple expresamente (…) una acumulación de jornadas no significa que lo prohíba, y menos aún si ello permite conciliar, de forma casuística y por ello de la mejor manera posible, los intereses personales del funcionario y de la Administración, constituyendo además la previsión de tal acumulación prueba de que tal modalidad resulta factible.

Por absurdo que pueda parecer, incluso tras esta sentencia tan clara y contundente se han seguido repitiendo casos de miembros del servicio de Inspección Educativa que han negado a docentes con reducción de jornada la posibilidad de concentrarla en días completos, entendiendo que su interpretación de la normativa sobre horarios es superior a la del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía o a la del propio Tribunal Constitucional, que se cita como fuente.

Además de un derecho reconocido por las instancias superiores de justicia, esta medida ayudaría a minimizar la presencia innecesaria y evitable de personal en los centros educativos, así como desplazamientos diarios de personas en medios de transporte públicos o privados, que consideramos que es una cuestión absolutamente oportuna en el contexto de pandemia en el que seguimos inmersos.

Desde CGT estamos seguros de que si todo el personal docente contara con la seguridad de que las reducciones de jornada podrían concentrarse en días completos sin impedimentos ni trabas de los equipos directivos y servicios de inspección, sería mayor el número de personas que optarían por esta medida, lo cual contribuiría, también, a un reparto del trabajo tan oportuno en los tiempos que vivimos.

Desde CGT ponemos al servicio de las personas interesadas en solicitar la concentración de su reducción de jornada en días completos el siguiente documento que se puede adaptar a cada caso y presentar en el registro de sus centros educativos.

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