Proyectos normativos por los que se establece la ordenación y el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato en Andalucía

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La Comunidad Autónoma de Andalucía ostenta la competencia compartida para el establecimiento de los planes de estudio, incluida la ordenación curricular, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.2 del Estatuto de Autonomía para Andalucía.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, ha sido sustancialmente modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, lo que determina que, de manera necesaria, se modifique la normativa autonómica en todo aquello que resulta de obligado cumplimiento en función de dicha normativa básica estatal.

Por ello, y en lo que se refiere a las enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato en Andalucía, han sido elaborados estos proyectos de Decretos que ahora se presentan y que están próximos a publicarse de manera oficial tras haber superado las correspondientes fases de tramitación y tras haber recibido, en los procesos de información y audiencia pública, las aportaciones y la participación de todos los sectores de la comunidad educativa.

Así, una vez aprobados y publicados, estos Decretos y sus correspondientes desarrollos normativos establecerán la ordenación y el currículo correspondiente a la Educación Secundaria Obligatoria y al Bachillerato en Andalucía, de conformidad con lo dispuesto en la mencionada Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, tras haber sido modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, y en el Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato. A tales efectos, en estos proyectos normativos se integran las normas de competencia autonómica con las de competencia estatal, a fin de proporcionar una expresión sistemática del régimen jurídico aplicable.

La regulación que ahora se presenta aborda, de manera separada, la ordenación y el currículo para la Educación Secundaria Obligatoria y para el Bachillerato, desde la consideración de sus peculiaridades y diferencias y desde la distinción entre lo que constituyen enseñanzas obligatorias y postobligatorias, con sus propios objetivos y características.

No obstante, ambas etapas educativas deben estar determinadas por las finalidades generales que constituyen la base de la educación en nuestra Comunidad, mediante la que se pretende conseguir el desarrollo integral de la persona, tanto en el plano individual como en el social, incidiendo desde la acción educativa en la adopción de las actitudes y de los valores que contribuyen a crear una sociedad más integrada y justa a partir del respeto al pluralismo, la libertad, la justicia y la igualdad, así como la responsabilidad y el pensamiento crítico basado en la racionalidad. Por ello, en la ordenación curricular que se regula en estos proyectos normativos se tienen en cuenta los principios éticos de convivencia emanados de la Constitución Española y del Estatuto de Autonomía para Andalucía.

Además de atender a dichas finalidades y principios generales de la educación, en esta regulación se atenderá a la diversidad de la población escolarizada en los centros docentes, como viene haciéndose de manera sistemática y adecuada en todas las etapas del Sistema Educativo de Andalucía, conociendo que dicha atención a la diversidad supone el respeto a las diferencias y la compensación de las posibles desigualdades sociales, económicas, culturales y personales.

Asimismo, a través de los objetivos generales y de cada uno de los desarrollos curriculares de las diferentes ámbitos o materias que componen estas etapas, debe proporcionarse una educación integral y completa que considere todos los ámbitos de la cultura, desde las manifestaciones artísticas, a las dimensiones científicas, humanísticas, sociales, tecnológicas, históricas o lingüísticas, además de proporcionar el conocimiento de los elementos culturales propios de Andalucía. Todo ello, desde una visión plural de la cultura basada en el respeto a las diferencias y con referencias a la vida cotidiana y al entorno inmediato del alumnado.

Con estos proyectos normativos en Andalucía se pretende reforzar un modelo educativo inclusivo basado en los principios de la equidad, la igualdad y la convivencia democrática, orientado hacia la formación integral del alumnado en sus dimensiones individual y social, que posibilite el ejercicio de la ciudadanía, la comprensión del mundo y de la cultura y la participación en la construcción de la sociedad del conocimiento, y que facilite el máximo desarrollo de sus capacidades y competencias para integrarse activamente en una sociedad diversa y en continuo proceso de cambio y desarrollo.

La ordenación del currículo de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato expresa el proyecto educativo general y común a todos los centros docentes que imparten estas enseñanzas en la Comunidad Autónoma de Andalucía, que cada uno de ellos concretará a través de su proyecto educativo. Para ello, los centros docentes disponen de autonomía pedagógica y organizativa con objeto de elaborar, aprobar y ejecutar su proyecto educativo y de gestión que permita formas de organización propias.

Con esta finalidad se presentan estos proyectos normativos en su fase final de tramitación, acompañados de la información específica sobre la distribución de materias prevista para cada uno de los cursos y modalidades que componen estas etapas, para su conocimiento por parte de la comunidad educativa en general y de los centros docentes en particular, y en cumplimiento del principio de participación, desde el cual, han sido elaborados.

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