Personas enfermas castigadas…

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Corría el 2012 cuando mediante Real Decreto Ley el PP, gobernando en el Estado, arremetía contra el funcionariado haciéndole ver que la enfermedad se castigaba, quitándole dinero de sus nóminas, cuando más ayuda necesitaban. Y ante este ataque directo a la dignidad de quienes trabajan para la función pública, no faltan hábiles anestesistas pretendiendo que cuando “le cortan la pierna el paciente” no chille. Pero la pierna acaba cortándose.

Hace muchas décadas que a las personas trabajadoras vienen padeciendo cuando enferman un trato injusto, recortándoles sus salarios. Tampoco parece justo que cuando una persona trabajadora enferma sea la empresa la que también pague. Ni quien contrata, ni quien es contratado, debe asumir el costo necesario para el cuidado de quien pierde la salud. Algo más que razonable es que el sistema de seguridad social pudiera asumir los costos laborales que supone la enfermedad de las personas que trabajan. El derecho a la salud reconocido por la Constitución debe quedar asegurado. Precisamente cuando más necesario es el dinero para atender la vulnerabilidad de quienes padecen una enfermedad, sean trabajadores por cuenta ajena o por cuenta propia, se les escatima los recursos económicos necesarios para salir adelante. Este cargar a las espaldas de las personas trabajadoras o autónomos los efectos negativos de perder la salud genera enormes injusticias. Y a estos efectos materiales que quebrantan las economías familiares, hay que unirles la sensación de “objeto” que la persona experimenta cuando se tasa su salario de esta manera. Muchas ausencias por enfermedad no producen daño alguno, si acaso un retraso en la consecución de objetivos, y en muchas ocasiones ni siquiera eso, porque con el esfuerzo complementario de otras personas trabajadoras o por el suyo propio a posteriori, se compensan los efectos de la inasistencia por enfermedad. Si eso es así, por qué se le descuenta de su salario dinero alguno.

A ello hay que añadir que dependiendo de las circunstancias en las que se produce la ausencia por enfermedad se producen los descuentos o no. En el caso de que sea accidente laboral o hay hospitalización, entonces no a lugar a descuentos, mientras que en resto de enfermedades si se producen descuentos en nóminas, aunque pueden generar graves lesiones e incluso la muerte en el domicilio particular. Y es que se culpabiliza de una especie de “fraude”, a toda aquella persona que enferma. Como si quien enferma lo hace de “mentirijilla”, para poder justificar su inasistencia al puesto de trabajo. Prefiere el político legislador mediante sanciones, a todo el mundo, prevenir posibles casos de corruptelas en las ausencias justificadas por enfermedad. No se fían de los criterios, ni de la honradez de facultativos, que son en definitiva quien firman los partes de baja o ILT, incapacidad laboral temporal.

Pero el colmo de este asunto es el papel de los sindicatos -llamados mayoritarios, los pactistas, los que negocian y negocian- , ya que asumen el papel de “anestesiadores” de conciencias. Esta ruinosa norma que castiga la enfermedad no puede tener paliativos en forma de acuerdos, para “dulcificar” los perniciosos efectos en la hacienda y honra de las personas trabajadoras. Venden a bombo y platillo que acuerdo tras acuerdo hacen menos dañina la aplicación de esta abominación. En lugar de enfrentarse contra esta injusta e inmoral medida, aplicada al total de población trabajadora, se dedican a negociar con el gobierno de turno algunas “mejoras”, para que a un porcentaje mínimo se les aplique menos duramente este injusto trato. Porque injusto es para estos y para la inmensa mayoría de quienes todos los días del año cumplen con su trabajo y sólo dejan de hacerlo por la fuerza mayor de la enfermedad. ¿Qué existen vagos y maleantes? Es evidente.

Para evitar el abuso persígase el fraude. Lo que es intolerable es que la sombra de la “estafa” se extienda sobre todas las personas que trabajan.

Fdo Rafael Fenoy Rico

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